
Alarma en la Fiscalía de DN por cantidad de querellas por difamación y delito electrónico
Solo entre enero y abril del año en curso, el Departamento contra Crímenes y Delitos de Alta Tecnología de la Fiscalía del Distrito Nacional recibió 62 casos.
La Fiscalía del Distrito Nacional ha encendido las alarmas ante el notable incremento de querellas por difamación a través de plataformas digitales, un fenómeno que ha convertido a este tipo de ciberdelito en uno de los más judicializados en la República Dominicana.
La alta concentración de población y la intensa actividad mediática en la capital han provocado que una proporción significativa de estas denuncias se concentre en esta jurisdicción.
Solo entre enero y abril del año en curso, el Departamento contra Crímenes y Delitos de Alta Tecnología de la Fiscalía del Distrito Nacional recibió 62 casos.
Esta cifra no incluye las denuncias que son depositadas de manera directa ante la Procuraduría Especializada de Crímenes y Delitos de Alta Tecnología (PECDAT), adscrita a la Procuraduría General de la República.
Ante este panorama, la fiscal titular del Distrito Nacional, Rosalba Ramos, expresó su seria preocupación frente a lo que describió como una “creciente ola de difamación pública y delitos electrónicos”.
A juicio de la magistrada, estas prácticas no solo saturan el sistema judicial, sino que amenazan con socavar la ética del ejercicio comunicacional en el país.
Casos de alto perfil
El Departamento contra Crímenes y Delitos de Alta Tecnología ha destacado que este delito es uno de los más activamente perseguidos en la actualidad.
Recientemente, varias figuras públicas han decidido recurrir a los tribunales para proteger su honor y reputación, destacándose dos procesos de alto perfil:
El caso contra Claudia Pérez “La Tora”
Los ciudadanos Alfredo de Dios de la Cruz Carvajal y Obniel Salomón Ramírez interpusieron una querella formal con constitución en actor civil en contra de la comunicadora Claudia Pérez Ramírez (“La Tora”) y la empresa LA TORA TV, S.R.L.
La acción legal, que señala a los querellantes como víctimas directas, fue depositada ante la Procuraduría Especializada de Crímenes y Delitos de Alta Tecnología y dirigida a la fiscal Rosalba Ramos.
La querella interpuesta a través del abogado Amaury Oviedo Liranzo, fundamenta la acusación en la presunta comisión de difamación e injuria a través de medios electrónicos y audiovisuales, tipificados en los artículos 21 y 22 de la Ley Núm. 53-07 sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología, así como en el artículo 367 del Código Penal Dominicano.
Samuel Pereyra contra Carlos Rubio
Por otra parte, el presidente del Consejo de Administración de la Refinería Dominicana de Petróleo (Refidomsa), Samuel Pereyra, anunció que accionaría penalmente con una querella con constitución en actor civil en contra del comunicador Carlos Rubio.
En esta acción legal, anunció se le imputará a Rubio supuestas conductas de extorsión, difamación y el uso indebido de información e imágenes relativas al funcionario y a su familia.
Criterio de la Suprema Corte
El marco legal dominicano aborda estas conductas desde dos frentes: la tradicional Ley 61-32 de 1962 sobre Expresión y Difusión del Pensamiento, y la moderna Ley 53-07 sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología. Esta última facilita la persecución penal cuando los ataques al honor se ejecutan mediante plataformas electrónicas.
A nivel procesal, la ruta judicial para estos casos quedó rígidamente definida por la Segunda Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia en su sentencia núm. SCJ-SS-22-0563 del 2 de junio de 2022.
La Suprema Corte determinó que la difamación a través de medios electrónicos es un tipo penal especial que debe ser perseguido como una infracción de acción pública a instancia privada, y no como una acción puramente privada.

