Juzgando por Aclamación Popular

Juzgando por Aclamación Popular

@CandidoSimon

La sentencia/resolución del caso Jet Set que contiene el cambio de calificación jurídica de homicidio involuntario (art.319 de Cpp viejo) cuya pena máxima es de hasta dos años de prisión correccional, por la de homicidio con dolo eventual, cuya pena es de tres hasta veinte años de reclusión mayor, es inconstitucional, inconvencional y nula por violar el principio fundamental de legalidad penal.

En material penal el principio de legalidad es fundamental, no general, conforme al cual “donde el legislador ha puesto, no puede haber, el juez no puede integrar”, porque la interpretación y la aplicación de la ley penal es restrictiva, no puede ser extentiva ni aplicarae por analogía, como si se permite en materia civil.

El dolo eventual, aunque existe ahora en el nuevo Código Penal, no existía en el viejo Código que es el aplicable al caso Jet Set, en virtud del principio constitucional de ultractividad, por ser la norma vigente en el momento que sucedieron los hechos y ademas, por ser mas favorable a los procesados, por mandato de el artículo 74.4 de la Constitución y el Código Procesal Penal.

Es una sentencia dictada por aclamación popular, para complacer peticiones y por demás, esa errática decisión no obliga ni se impone a los jueces del Tribunal Colegiado que resulte apoderado a consecuencia de la declinatoria por razones de competencia, quienes por la vía difusa pueden inaplicarlan o declararla inconstitucional. !He Dicho! @CandidoSimon*

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