
Legisladores del PRM encabezan de nuevo la lista de excusas y ausencias sin recibir sanciones
Una de las disposiciones que tienen en común las dos cámaras del Congreso Nacional es la obligación que tienen los representantes de asistir a las sesiones del pleno y las reuniones de comisiones. Sin embargo, este es uno de los deberes que más incumplen los legisladores de los diversos bloques políticos que tienen una curul en el Poder Legislativo.
Una de las disposiciones que tienen en común las dos cámaras del Congreso Nacional es la obligación que tienen los representantes de asistir a las sesiones del pleno y las reuniones de comisiones.
Sin embargo, este es uno de los deberes que más incumplen los legisladores de los diversos bloques políticos que tienen una curul en el Poder Legislativo.
La Cámara de Diputados está conformada por 190 representantes; mientras que en el Senado de la República existen 32 puestos.
El Partido Revolucionario Moderno (PRM), junto a sus aliados, es la organización política con más plazas dentro de ambos hemiciclos desde el 16 de agosto de 2020: 146 diputados y 28 senadores.
Precisamente, los congresistas de la bancada oficialista son quienes, de manera constante, más presencia tienen en el balance de excusas y ausencias, sin que hayan percibido alguna sanción al respecto.
Luego se encuentran en la lista los legisladores de la Fuerza Partido (FP) y del Partido de la Liberación Dominicana (PLD).
¿Quiénes encabezan las ausencias?
El pleno de la Cámara de Diputados fue el único órgano en recibir ausencias por parte de los congresistas.
Sin sanciones
La estructura del régimen disciplinario de la Cámara está conformada por la Comisión Instructora, el Consejo de Disciplina y el Pleno.
De acuerdo con el artículo 59 del reglamento de la Cámara de Diputados, los nombres de los representantes que hayan incurrido en ausencias injustificadas serían remitidos a la Comisión Instructora.
Esta entidad está encargada de realizar las investigaciones sobre el tema, para luego enviarlas al Consejo de Disciplina, órgano con la atribución de sancionar.
El artículo 226 establece que los diputados que tengan tres ausencias sin excusas legítimas deberán ser señalados ante el Consejo de Disciplina.
El artículo 207 versa sobre las acciones consideradas como faltas que podrán ser objeto de sanción por el Consejo de Disciplina. Una de estas es la inasistencia a las sesiones sin excusa legítima.
El siguiente artículo establece con claridad que los representantes podrían ser castigados con la privación del disfrute de pago de viáticos, amonestación privada, censura pública.
Asimismo, la inhabilitación de poder representar al órgano legislativo en eventos nacionales e internacionales. No obstante, estas mesas legislativas se mantienen sin imponer ninguna sanción por el incumplimiento de la asistencia.
Excusas
Ambas cámaras legislativas recibieron excusas de los congresistas.

